Tramitación Inspección Técnica de Edificios (ITE).
En i-GESTIO DE COMUNITATS I PERITATGES,S.L. tramitamos la inspección técnica de edificios.
El Decreto 187/2010, sobre la inspección técnica de los edificios de viviendas, instaura un sistema de control periódico del estado de los edificios de viviendas y pone en práctica un procedimiento para verificar el deber genérico que tienen los propietarios, de conservar y rehabilitar adecuadamente, sus edificios de manera que siempre esten en condiciones de uso efectivo y adecuado.
El resultado de esta inspección visual del edificio realizada por un técnico competente, es el informe de inspección técnica.
Se tienen que someter a ITE, los edificios plurifamiliares de viviendas, según su antigüedad (ver tabla). Los términos máximos previstos para pedir a la administración competente el certificado de aptitud correspondiente, siguiendo el procedimiento que prevee el Real Decreto, son:
FECHAS | TERMINO MAXIMO |
Edificios Anteriores a 1930 | Término máximo hasta 31-12-2012 |
Edificios entre 1931 y 1950 | Término máximo hasta 31-12-2013 |
Edificios entre 1951 y1960 | Término máximo hasta 31-12-2014 |
Edificios entre 1961 y 1970 | Término máximo hasta 31-12-2015 |
Edificios a partir de 1971 | Hasta el 31-12 del año que el edificio tenga 45 años de antigüedad. |
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